Miembros de Mesa pueden descargar solicitud de excusa al cargo en web de la ONPE
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) informa a los ciudadanos que fueron elegidos miembros de mesa para los comicios del 3 de octubre que pueden presentar sus excusas al desempeño del cargo en las 91 Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE) a nivel nacional.
Como se recuerda, el organismo electoral indicó que la fecha para tramitar excusas vence el lunes 6 de setiembre de 2010, a nivel nacional. La solicitud debe ser dirigida al Jefe(a) de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE) correspondiente a su jurisdicción, adjuntando la credencial de miembro de mesa y una copia fotostática de su DNI. La solicitud, debidamente documentada, se presenta de manera personal o a través de un representante (que deberá portar una carta poder simple).
El derecho al trámite es gratuito. Las ODPE atenderán -a nivel nacional- este sábado de 8 a.m. a 4 p.m. y el domingo de 8 a.m. a 12 m. Para presentar su excusa, el ciudadano deberá llenar el formulario que aparece en la siguiente dirección:
http://www.web.onpe.gob.pe/modELeccREM/Excusa_cargo_MM.pdf
Las principales causas para solicitar excusa son las siguientes:
RAZONES O CAUSALES POR LAS CUALES SE PUEDE SOLICITAR EXCUSAFORMA DE ACREDITAR LA EXCUSA SEGÚN LA SITUACIÓN PRESENTADA
- Por notorio o grave impedimento físico o mental. - Copia del respectivo certificado médico, que será constatado al resolver la petición.
- Por necesidad de ausentarse del territorio de la República. - Copia de documento que acredite la necesidad de ausentarse del país durante la fecha programada para llevarse a cabo las elecciones.
- Ser cónyuge o pariente dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad entre los miembros de una misma mesa. - Documento Nacional de Identidad y partidas de matrimonio o nacimiento de los parientes.
Los electores mayores de 70 años que hayan resultado sorteados como miembros de mesa y que no lleguen a ejercer tal función, no serán considerados como omisos al desempeño del cargo, conforme a lo establecido en la Resolución Jefatural N° 070-2010-J/ONPE. Por tanto, estos ciudadanos no requieren realizar el trámite en mención.
